El "Commodum Repraesentationis" del artículo 1677 del "Código Civil" de Chile

Este trabajo ofrece un análisis de la facultad del acreedor contenida en el artículo 1677 CCCh. y conocida con el nombre de commodum repraesentationis, consistente en la posibilidad de exigir la cesión de las acciones y derechos que tiene el deudor contra aquellos por cuyo hecho o culpa ha perecido...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Alcalde Silva,Jaime
Lenguaje:Spanish / Castilian
Publicado: Pontificia Universidad Católica de Valparaíso. Escuela de Derecho 2008
Materias:
Acceso en línea:http://www.scielo.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-68512008000200001
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