LAS CONSECUENCIAS DE LA INFRACCIÓN DE DEBERES MATRIMONIALES NO DAN LUGAR A INDEMNIZACIÓN

Conforme a nuestra normativa y jurisprudencia, las consecuencias de la infracción de deberes conyugales no deben indemnizarse. Esto se de debe a que no son obligaciones; el derecho establece efectos especiales ante su vulneración; la protección de los derechos fundamentales de los cónyuges se opone...

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Auteur principal: Hernández Paulsen,Gabriel
Langue:Spanish / Castilian
Publié: Fundación Fernando Fueyo Laneri. Escuela de Derecho. Universidad Diego Portales. 2016
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Accès en ligne:http://www.scielo.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-80722016000200003
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